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ORGANIZACIÓN INTERNA

Son órganos de gobierno del CILEA la Asamblea General y el Consejo Directivo.
El Comité tiene, además, una Secretaría Permanente en Italia y una Secretaría Ejecutiva que funciona en (y a cargo de) el país de residencia del Presidente.
 
ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General es la máxima autoridad del CILEA, a través de la cual los organismos miembros dirigen y supervisan las políticas estratégicas, proyectos y programas de trabajo, actividades, etc.
Cada uno de los países miembros tiene un representante en la Asamblea, designado por el organismo u organismos afiliados al CILEA de dicho país.
Los miembros de la Asamblea tienen mandato por dos años, pudiendo ser reelegidos.
De acuerdo con las disposiciones reglamentarias, cumple con las funciones siguientes:
  • Aprobación de la incorporación de nuevos Organismos (Artículo 1.04)
  • Designación del Consejo Directivo (Artículo 4.04)
  • Ratificación de los pronunciamientos emanados del Consejo Directivo (Artículo 7.03).
  • Resolución de cuestiones reglamentarias no previstas en el Reglamento de Funcionamiento del CILEA (Artículo 10.01).
La Asamblea se reúne al menos una vez por año, generalmente en el último trimestre y con ocasión del evento denominado “Seminario de Países Latinos Europa - América”.
Las reuniones son presididas por el Presidente del Consejo Directivo y en ellas tienen un lugar permanente un representante de la Asociación Interamericana de Contabilidad, los Past-President, el Secretario Permanente y el Secretario Ejecutivo, quienes asisten con voto consultivo.
 
CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo es designado por la Asamblea General y lo integra un número par de hasta diez representantes, distribuidos por partes iguales entre países de Europa y de América. De entre los representantes, se elige un Presidente, un Vicepresidente Primero, siendo el resto Vicepresidentes.
Los miembros del Consejo Directivo tienen mandato por dos años, pudiendo ser reelegidos.
La Presidencia es rotativa debiendo alternarse, por períodos, un país de Europa con un país de América, rotatividad que se puede derogar siempre que se cuente con el 75% de los votos presentes en Asamblea. El Vicepresidente Primero será el Presidente en el período siguiente, con ratificación de la Asamblea General correspondiente. La no ratificación requerirá la mayoría del 75% de los votos presentes.
El Consejo Directivo puede emanar pronunciamientos, con carácter de recomendaciones, que deberán ser ratificados por la Junta de Directores.
Dichos pronunciamientos podrán ser:
  1. DECISIONES: de naturaleza administrativa para cumplimiento de los organismos miembros;
  2. RESOLUCIONES: relativas al ejercicio profesional y consideradas a nivel de cada país, para su cumplimiento por los profesionales en el ámbito de su aplicación;
  3. DICTÁMENES TÉCNICOS: relativos a estudios técnicos realizados por el CILEA, para su divulgación a los profesionales de los países miembros;
  4. COMUNICADOS TÉCNICOS: interpretaciones de pronunciamientos técnicos emanados de otros organismos, con el fin de orientar a los profesionales respecto de su aplicación.
Puede asimismo asignar la duración, alcance y funciones de Comisiones Técnicas.
Indicativamente, el Consejo Directivo sesiona de manera ordinaria, una vez en Europa y una vez en América durante cada año. 

SECRETARÍAS
El CILEA tiene una Secretaría Permanente sita en Roma (Italia), en la que se ha fijado la sede del Comité.
El Secretario Ejecutivo es designado por el Presidente entrante y desarrolla sus funciones en (y a cargo de) el país de residencia del mismo.
Ambas Secretarías funcionan bajo directivas de la Presidencia, y deben asistir a las reuniones de la Asamblea General y del Consejo Directivo.
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